IV.- Renuncia a la nacionalidad rusa

IV.- RENUNCIA A LA NACIONALIDAD RUSA

LA NACIONALIDAD RUSA DE LAS PERSONAS ADOPTADAS POR FAMILIAS ESPAÑOLAS Y LA RENUNCIA A LA NACIONALIDAD EN LA FEDERACIÓN DE RUSIA.

pasaporte-ruso A lo largo de los años 2000 hasta el año 2014, la Federación de Rusia era uno de los destinos principales de las solicitudes de adopción de las familias españolas1.

El procedimiento de adopción concluía con la Sentencia de adopción y se le otorgaba un certificado de nacimiento nuevo con los datos de los padres adoptantes y un pasaporte. Una vez que se encontraban en España, los adoptantes asumían el compromiso de inscripción en el Consulado de la Federación de Rusia del menor adoptado, ya fuera en Madrid o en Barcelona, dependiendo del lugar de residencia.

Todos los niños adoptados por ciudadanos españoles ostentan dos nacionalidades; por un lado, la española (de conformidad con el Código Civil art. 19.1 “El extranjero menor de dieciocho años adoptado por un español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad española de origen”) y la rusa (de conformidad con su Constitución art. 6). Decimos que ostentan dos nacionalidades (no doble nacionalidad, que es diferente), por atribución de los dos países, bien por nacimiento y origen (ius sanguinis o ius soli) o bien por adopción (filiación, como es el caso de España). Por lo tanto, las personas nacidas en Rusia y adoptadas por españoles ostentan nacionalidad múltiple, de los dos Estados, la de la Federación de Rusia y la del Reino de España. Si la persona quiere renunciar a una de las dos nacionalidades tiene que hacerlo manifestando su voluntad y una vez que ha alcanzado la mayoría de edad, es decir, cuando tenga plena capacidad para emitir su voluntad. Existe un procedimiento especial para la renuncia de la nacionalidad de menores de edad; dependiendo de la edad del menor, deben ser oídos y prestar en todo caso su consentimiento por escrito y delante del funcionario consular ruso (menores de 14 a 17 años).

En el caso de conflictos de nacionalidad múltiples en el Derecho Internacional, rige el principio de efectividad, la nacionalidad que prevalece mediante la determinación de la relación auténtica y el país con el cual el vínculo es más efectivo (Sentencia del Tribunal Internacional de Justicia de 6 de abril de 1955 en el asunto Nottebohn). Entendemos que la vinculación de los niños que han sido adoptados por una familia española se encuentra íntimamente unida a España más que cualquier otro Estado, y es donde existe una conexión real entre el Estado y la persona a la que le ha atribuido la nacionalidad de origen por filiación, por ser hijos de padres españoles, y sobre todo debido a que su hogar, su domicilio y residencia se encuentran en España, y son ciudadanos también de la Unión Europea.

El problema se presenta cuando la persona (mayor o menor de edad) pretende tomar contacto con el territorio nacional de otro Estado, pues al no existir la libre circulación entre España y Rusia, tal como ocurre en el territorio Schengen, el dilema se presenta en relación a los nacionales españoles, que requieren visado de entrada a Rusia, país del que, al mismo tiempo, ostentan su nacionalidad. Todo nacional de un país tiene el derecho de entrar y fijar su residencia si desea en el Estado de su nacionalidad, para lo cual debe disponer de su pasaporte y documentos de identidad plenamente vigentes.

La mayoría de los padres adoptantes españoles, durante la minoría de edad de sus hijos, por estadística consular, una vez que ha caducado su pasaporte (cinco años) no proceden a solicitar su renovación. Un ciudadano ruso no puede solicitar visado al Consulado de Rusia para entrar en ese país, no se le considera extranjero, por tal motivo no necesita visa para entrar a Rusia.

Para el Estado de la Federación de Rusia, las personas adoptadas por extranjeros no pierden su nacionalidad, son rusos de pleno derecho, salvo que cuando lleguen a la mayoría de edad éstos renuncien de acuerdo a la normativa rusa de renuncia a la ciudadanía de la Federación de Rusia.

Las personas adoptadas de origen ruso que no han renovado su pasaporte tienen que hacerlo, pero al haber transcurrido mucho tiempo desde su caducidad, el Consulado pide a su Ministerio la confirmación de la nacionalidad, no es automático, dado que es preciso que lo verifique en Moscú. Una vez, que confirmen que sí pueden renovar la nacionalidad y que pueden entrar con pasaporte ruso a Rusia, también deben cerciorarse de que puedan salir del país sin problema alguno. Al existir en Rusia fronteras interiores, a la salida de Rusia puede que le requieran una autorización gubernamental y una vecindad y empadronamiento.

ruso

LA RENUNCIA A LA NACIONALIDAD RUSA.

El Código Civil de la Federación de Rusia permite a un ruso perder su nacionalidad mediante una manifestación expresa de voluntad. El renunciante tiene que someterse a un proceso, pero es necesario que el renunciante ostente o haya adquirido antes otra nacionalidad distinta, para no convertirse en un apátrida.

La Constitución de la Federación de Rusia, aprobada por votación popular el 12 de diciembre de 1993, con enmiendas aprobadas por votación de toda Rusia el 1 de julio de 2020, prescribe lo siguiente:

Artículo 6

1. La ciudadanía en la Federación Rusa debe ser adquirida y terminada de acuerdo con la Ley Federal, y deberá ser única y equitativa, independientemente de la base de su adquisición.

2. Todo ciudadano de la Federación Rusa goza de todos los derechos y libertades en su territorio y tiene iguales obligaciones estipuladas en la Constitución de la Federación Rusa.

3. El ciudadano de la Federación Rusa no puede ser privado de su ciudadanía o del derecho a cambiarla.

Artículo 62

1. Un ciudadano de la Federación Rusa puede tener ciudadanía de un estado extranjero (doble ciudadanía) de acuerdo con la ley federal o un tratado internacional de la Federación Rusa.

2. La posesión de ciudadanía extranjera por parte de un ciudadano de la Federación Rusa será no disminuirá sus derechos y libertades y no lo eximirá de las obligaciones estipuladas para la ciudadanía rusa, a menos que se especifique lo contrario por la ley federal o un tratado internacional de la Federación Rusa.

España y Rusia no tienen suscrito ningún convenio de doble ciudadanía.

La Ley de la Federación de Rusia sobre nacionalidad se encuentra regulada en la Ley Federal de Ciudadanía de 31 de mayo de 2002 N 62-FZ.

En su artículo 6.1 sobre La doble ciudadanía, indica lo siguiente:

La adquisición de un ciudadano ruso de otra nacionalidad no implica la terminación de la ciudadanía de la Federación de Rusia.

Los documentos que acreditan la ciudadanía de la Federación de Rusia son: el pasaporte de la Federación de Rusia o el documento de base que contenga una indicación de la nacionalidad de la persona, así como los documentos básicos de identidad de la Federación de Rusia.

Una de las causas que es motivo de finalización de la ciudadanía rusa es la renuncia. La ley distingue si el ciudadano reside en la Federación de Rusia o en un país extranjero. La Ley señala varios motivos para la denegación de la renuncia de la ciudadanía de la Federación de Rusia, siendo uno de ellos que no tenga otra ciudadanía o que no existan las garantías de su adquisición, con el fin de evitar situaciones de apatridia.

La Autoridad encargada de asuntos relativos a la Ciudadanía es el Presidente de la Federación de Rusia (art. 20.1). Los órganos ejecutivos federales (La Administración) para canalizar la renuncia si la persona se encuentra en el extranjero es el encargado de los asuntos extranjeros y misiones diplomáticas y consulares de la Federación de Rusia fuera de la Federación de Rusia.

Los únicos tratados internacionales de la Federación de Rusia que contienen reglas relacionadas con la doble ciudadanía (de doble nacionalidad, lo que antes decíamos) son:

  • Tratado entre la Federación de Rusia y la República de Tayikistán (1995)

  • Tratado entre la Federación de Rusia y la República de Turkmenistán (1993).

Como la Federación de Rusia es el Estado sucesor de la Unión Soviética, algunos tratados soviéticos sobre doble ciudadanía todavía están en vigor. Por esta razón, está en vigor la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada, abierta a la firma y ratificada por la Asamblea General en su resolución 1040 (XI), de 29 de enero de 1957, que entró en vigor el 11 de agosto de 1958.

1 Consulte los datos estadísticos sobre la adopción internacional del Ministerio de Sanidad y Política Social.


Carlos Nina Deheza – karlosnina@gmail.com
Es Abogado de Salamanca especialista en Derecho Internacional Privado, Derecho Administrativo y Sanitario.
Miembro de la Red Iberoamericana de Despachos de Abogados.
Contamos con un Área específica de Derecho de la Federación de Rusia y de los antiguos Estados de la C.I.E.


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